Lunes, Julio 14, 2025

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A partir de octubre 2019, las empresas tendrán que implementar un plan de acción y desarrollar estrategias para mantener sin estrés a sus empleados, ya que ha sido aprobada la Norma Oficial (NOM) 035, y podrían ser multados desde 20 mil pesos hasta 500 mil pesos si incumplen con dicha norma.

Las empresas deberán atender de manera confidencial los factores de riesgo psicociales que padezca su personal, como son: estrés laboral, ansiedad y desequilibrio del sueño, con el fin de proteger la salud mental de los trabajadores mexicanos.

La NOM 35 en su apartado 5 dice:

«Los patrones deberán practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud y el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, a que se refiere el numeral 7.1 y 7.2 de esta Norma, así lo sugiera y/o existan quejas de violencia laboral mediante los mecanismos a que alude el numeral 8.1, inciso b) de la presente Norma.

Se consideran factores de riesgo psicosocial aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.

Durante el 2019 las empresas deben identificar estos factores y para finales del 2020 la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá aplicar sanciones de no encontrar que se identificaron estos factores y que fueron atendidos a través de un plan de acción.

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