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Revisión de redes sociales para visas I, TN y TD

Revisión de redes sociales para visas

Desde el 1 de octubre de 2026, Estados Unidos amplió la revisión de presencia en línea a tres categorías adicionales de visas de no inmigrante: I, TN y TD. La medida alcanza a representantes de medios extranjeros, determinados profesionales de México y Canadá y sus dependientes elegibles.

El Departamento de Estado de Estados Unidos anunció que los solicitantes de estas categorías deberán configurar como públicos o abiertos los perfiles de todas sus redes sociales, para facilitar los procesos de revisión y evaluación de antecedentes, conocidos como screening and vetting.

La disposición forma parte de una ampliación progresiva de los mecanismos de evaluación que las autoridades estadounidenses utilizan durante los trámites de visa. No significa que la revisión de redes sociales haya comenzado ahora, sino que se extiende a nuevos grupos de solicitantes.

¿A quiénes alcanza la medida?


Las tres categorías incorporadas son:

  • Visa I: destinada a representantes de medios de comunicación extranjeros que viajan temporalmente a Estados Unidos para desarrollar actividades profesionales relacionadas con su labor informativa.
  • Visa TN: dirigida a determinados profesionales mexicanos y canadienses que cumplen los requisitos para trabajar temporalmente en Estados Unidos bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, conocido como T-MEC o USMCA, por sus siglas en inglés.
  • Visa TD: corresponde a los dependientes elegibles de titulares de una visa TN, principalmente cónyuges e hijos.

Estas categorías tienen distintos propósitos y requisitos. La visa I puede ser relevante para periodistas y profesionales de medios que viajan a cubrir acontecimientos o realizar actividades informativas en Estados Unidos; las categorías TN y TD se relacionan con la movilidad profesional y familiar entre los países de Norteamérica.

La nueva disposición no incorpora la visa de visitante B1/B2 —utilizada para turismo y determinadas actividades de negocios— a esta ampliación específica del requisito de perfiles públicos.

Las redes sociales ya formaban parte del proceso


La revisión de presencia en línea ya se aplicaba a otras categorías de visas. Entre ellas están las F y M, para estudiantes; J, para visitantes de intercambio; H-1B y determinadas visas para sus dependientes, además de las categorías K, Q, R, S, T y U, entre otras.

En marzo de 2026, el Departamento de Estado había anunciado otra ampliación, que entró en vigor el día 30 de ese mes. La incorporación de I, TN y TD representa una nueva extensión de ese esquema.

Además, desde 2019, el Departamento de Estado solicita a la mayoría de los solicitantes de visas estadounidenses identificadores de redes sociales en los formularios correspondientes. Esto permite distinguir entre proporcionar información sobre las cuentas utilizadas y cumplir una instrucción específica de mantener los perfiles públicos.

¿Qué significa tener los perfiles públicos?


Para quienes soliciten las visas I, TN y TD, la instrucción es configurar los perfiles de todas sus redes sociales como públicos o abiertos. De esta manera, las autoridades pueden consultar la presencia digital disponible durante el proceso de evaluación.

El Departamento de Estado señala que utiliza las fuentes de información disponibles para identificar posibles causas de inadmisibilidad, incluidos riesgos relacionados con la seguridad nacional y la seguridad pública.

La información en línea se integra en un proceso más amplio: la decisión también depende de que la persona cumpla los requisitos de la categoría solicitada y pueda acreditar que sus actividades previstas corresponden al propósito de la visa.

Por tanto, la revisión de redes sociales no significa que una publicación determinada provoque automáticamente el rechazo de una solicitud. La evaluación corresponde a las autoridades estadounidenses, de acuerdo con las circunstancias de cada caso.

¿La revisión también aplica al renovar una visa?


La renovación implica solicitar una nueva visa. Por ello, quienes soliciten nuevamente una categoría sujeta a la revisión de presencia en línea deben considerar las instrucciones aplicables a esa clasificación.

En el caso de las visas I, TN y TD, el anuncio se refiere a sus solicitantes y establece expresamente el requisito de mantener los perfiles públicos o abiertos.

Para quienes renuevan una visa de turista B1/B2, la situación es distinta: esta categoría no está incluida en la nueva ampliación del requisito de perfiles públicos. Sin embargo, eso no significa que sus solicitudes estén exentas de revisión. El Departamento de Estado solicita identificadores de redes sociales a la mayoría de los solicitantes y señala que utiliza la información disponible durante la evaluación de visas.

En consecuencia, proporcionar los identificadores de las cuentas no equivale a tener que hacer públicos los perfiles. Los requisitos concretos deben distinguirse según la categoría de visa solicitada.

Un cambio relevante para la movilidad profesional


La incorporación de TN y TD tiene especial interés para México por los vínculos profesionales y familiares que estas categorías permiten entre ambos países. La inclusión de la visa I también resulta relevante para representantes de medios extranjeros que necesitan viajar temporalmente a Estados Unidos por motivos profesionales.

Para los viajeros y profesionales, conocer las condiciones de la categoría que solicitan es fundamental. La revisión de presencia en línea constituye uno de los elementos que las autoridades pueden considerar, dentro de un proceso más amplio para determinar si se cumplen los requisitos de admisión.

La clave es distinguir entre las categorías sujetas al requisito específico de perfiles públicos y el uso de información digital como parte de la evaluación general de una solicitud de visa.

Fuentes

Departamento de Estado de EE.UU. — Ampliación de la revisión de presencia en línea para solicitantes de visa (18 de septiembre de 2026).
Departamento de Estado de EE.UU. — Recopilación de identificadores de redes sociales de solicitantes de visa (4 de junio de 2019).
USCIS — Profesionales bajo el T-MEC/USMCA.

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